Colaboración de la USAL con el Ejército del Aire


 

 

Hoy se ha publicado en el BOE el convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de Salamanca para la formación de operadores de UAV.

 

El objeto del presente convenio consiste en el establecimiento del marco general en el que la Universidad de Salamanca (USAL) y el Ministerio de Defensa (MINISDEDF) podrán colaborar para llevar a cabo actividades relacionadas con el desarrollo tecnológico, la docencia, la investigación científica, la trasferencia y el desarrollo tecnológico principalmente dentro del campo de la aeronáutica y astronáutica.

Se establece la aptitud y se crea el título de Operador de Sistemas Aéreos no Tripulados para los miembros las Fuerzas Armadas, designa al Grupo de Escuelas de Matacán (GRUEMA), del Ejército del Aire (EA), como centro docente militar responsable de impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de la titulación aeronáutica de Operador de Sistemas Aéreos no Tripulados.

Que la USAL tiene intención de desarrollar Contenidos Formativos destinados al personal civil en materia de capacitación de operadores de Sistemas Aéreos no Tripulados (UAS). Adicionalmente en colaboración con las empresas instaladas en su Parque Científico puede llegar a disponer de UAS y elementos de simulación de sus plataformas, así como de personal operador de los mismos, siendo todas las facetas citadas de interés para el Ejército del Aire.

El objeto del presente Convenio es establecer los principios de colaboración entre el EA y la USAL, para la impartición de Formación relacionada con la obtención de la aptitud de Operador de UAS para el personal de las Fuerzas Armadas (Escuela de UAS del GRUEMA), y para la capacitación de operadores de UAS civiles.

Dada la necesidad de segregación de espacio aéreo para realizar determinados vuelos incluidos en la parte práctica de dichas enseñanzas, se pretende establecer las condiciones por las que el EA podría facilitar a la USAL la segregación del espacio aéreo, de acuerdo a los procedimientos de petición y requisitos de operación establecidos en las Normas sobre la Operación de UAS, así como el apoyo para la utilización de ciertas instalaciones militares y medios logísticos necesarios, a determinar de común acuerdo.

 

Fuente: InfoUAS